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Derecho a la defensa en las notificaciones electrónicas de las contravenciones de tránsito

    1. [1] Universidad Regional Autónoma de Los Andes

      Universidad Regional Autónoma de Los Andes

      Ambato, Ecuador

  • Localización: Iustitia Socialis: Revista Arbitrada de Ciencias Jurídicas y Criminalísticas, ISSN-e 2542-3371, Vol. 8, Nº. Extra 1, 2023
  • Idioma: español
  • Títulos paralelos:
    • Right to defence in electronic notifications of traffic offences
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      El objetivo general de la investigación fue analizar jurídicamente el derecho a la defensa en las notificaciones electrónicas de las contravenciones de tránsito. La presente investigación utilizó el método cuantitativo el cual produce datos descriptivos, que se originan por la recolección de datos. Apoyado en la revisión documental-bibliográfica. Conjuntamente, se aplicó el método inductivo-deductivo. Se planteó además el método analítico-sintético. Se concluye que, en la actualidad no existe normas claras que rijan las reglas para la imposición y para la impugnación de las contravenciones electrónicas en materia de tránsito, pues si bien se han realizado consultas a la Corte Nacional de Justicia así como a la Corte Constitucional, las mismas no han definido el tiempo para notificar las infracciones y lo que es peor la sentencia de la corte Constitucional al haber declarado la Constitucionalidad condicionada del Art. 238 del Reglamento a la Ley Orgánica de Tránsito.

    • English

      The general objective of the research was to legally analyse the right to defence in electronic notifications of traffic offences. This research used the quantitative method, which produces descriptive data, originating from data collection. It was supported by a documentary-bibliographic review. The inductive-deductive method was also applied. The analytical-synthetic method was also used. It is concluded that, at present, there are no clear rules governing the rules for imposing and contesting electronic traffic offences, because although the National Court of Justice and the Constitutional Court have been consulted, they have not defined the time period for notifying offences and, what is worse, the Constitutional Court's ruling has declared the conditional constitutionality of Art. 238 of the Regulations to the Organic Traffic Law.


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