El Tribunal Europeo de Derechos Humanos es competente para resolver las demandas presentadas por personas físicas, grupos de particulares u organizaciones no gubernamentales que acusen la violación de los derechos humanos previstos en el respectivo Convenio Europeo y sus protocolos.
En el caso Albert y otros contra Hungría, los quejosos adujeron que el Estado violó su derecho a la propiedad tras aplicar rigurosas regulaciones a los bancos de los que eran accionistas. Este asunto obliga a cuestionar cuál es el grado de legitimación que posee una persona física para demandar ante dicho Tribunal la afectación de su derecho a la propiedad, específicamente cuando las autoridades nacionales actúan sobre una empresa, y no directamente sobre la esfera jurídica de un ser humano. Esta sentencia también invita a reflexionar acerca de los argumentos que pudieron esgrimirse para responder al fondo del asunto, como la proporcionalidad, el margen nacional de apreciación y el consenso regional en la regulación de un derecho
The European Court of Human Rights may resolve claims filed by natural persons, groups of individuals or nongovernmental organizations accusing the violation of human rights protected in the European Convention and its protocols.
In Albert et al v. Hungary, the complainants argued that the state disturbed their right to property by applying stringent regulations to the banks in which they participated as shareholders. This case is about the degree of legitimacy that a person has to sue before the Strasbourg Court the affectation of their right to property, specifically when the national authorities act over a company. In addition, the judgement leads to reflect on the arguments to respond a substantive study, such as proportionality test, the national margin of appreciation and the regional consensus in the regulation of a right.
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