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¿Son legales los premios por jubilación de los funcionarios públicos? Comentario a la sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, de 18 de enero de 2024, rec. nº 1573/2022

  • Autores: Carolina Gala Durán
  • Localización: Iuslabor, ISSN-e 1699-2938, Nº. 1, 2024
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • La sentencia en torno a la que gira este comentario se centra en una cuestión que ha sido abordada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en bastantes ocasiones en los últimos años, y que tiene una gran trascendencia práctica: ¿es legal que las Administraciones Públicas paguen premios por jubilación a sus funcionarios? Premios que, en algunos casos, son de cuantías elevadas. Como apuntamos en este trabajo, la respuesta es negativa, tal y como se defiende en la sentencia objeto de comentario y en otras muchas en los últimos años. Sin embargo, esta respuesta jurisprudencial crea, en la práctica, una brecha entre el personal funcionario y el personal laboral de las Administraciones Públicas.


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