El Real Decreto-ley 9/2014, de 4 de julio, reconoce el derecho de las usuarias del servicio público de salud a que se les haga entrega de la sangre de cordón umbilical y decidir sobre su destino, incluida la conservación para uso autólogo eventual en un establecimiento privado. Para ello, la norma exige la firma de un acuerdo entre el centro sanitario y el establecimiento de tejidos. El Tribunal Supremo en el año 2018 declaró que estos establecimientos no podían obligar a los centros sanitarios públicos a la suscripción de tales acuerdos. Ahora, con el fin de hacer efectivo este derecho, la reciente STS 192/2024, de 5 de febrero permite que sean las propias usuarias las que sí puedan obligar a los centros sanitarios públicos a suscribir los imprescindibles acuerdos de colaboración con los mencionados establecimientos.
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