En el Derecho Internacional se reconoce jurídicamente que "el disfrute del más alto nivel posible de salud" es un derecho humano fundamental e indispensable por el valor que tiene la salud en sí misma, así como por ser una condición para el ejercicio efectivo de los demás derechos humanos. El objetivo de un enfoque de la Salud Pública basado en este reconocimiento jurídico es, entonces, garantizar que todas las políticas, estrategias y programas vinculados con la salud colectiva se rijan, de manera auténtica, por los principios de: no discriminación, disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad, calidad, rendición de cuentas y universalidad. Principios normativos que sustentaron y sustentan los compromisos asumidos en 1978 por los gobiernos del mundo en la Reunión de Alma Ata, para lograr la "salud para todos" a través de una estrategia de participación comunitaria denominada "Atención Primaria de la Salud" (APS), que garantizara la eficacia, la equidad y la solidaridad social de los sistemas nacionales de salud.
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