La NC debe interpretarse en el sentido de que está comprendido en la partida 2304 de la referida nomenclatura un producto importado en forma pellets o gránulos que se ha obtenido tras la extracción del aceite de soja por disolvente y después de un tratamiento térmico realizado con el fin de eliminar este disolvente para que, tras la trituración física, ese producto pueda incorporarse a un pienso compuesto destinado al consumo animal.
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