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Resumen de El principio de contradicción en las audiencias de juzgamiento en contravenciones por violencia intrafamiliar

Jessica Paola Estrella Flores, Daniel Geovanny Gualli Agualsaca, Gabriela Verónica Castelo Granizo, Jonathan Patricio Ocaña Ocaña

  • español

    Dentro de la jurisdicción ecuatoriana, el principio de contradicción se encuentra normado en la Constitución de la República del Ecuador (CRE), y su materialización se sujeta al debido proceso estipulado en el Código Orgánico Integral Penal (COIP) donde se les otorga a las partes el derecho a conocer de antemano las pruebas y la posibilidad de contradecir la evidencia. No obstante, en la práctica, existen incongruencias con la aplicabilidad del principio de contradicción en audiencias por contravenciones relacionadas con violencia intrafamiliar porque se consideran contravenciones leves y para cumplir con la celeridad que exigen este tipo de procesos o evitar la revictimización de la parte acusada no se impone la obligatoriedad de la comparecencia física de los peritos en la audiencia judicial. El objetivo de este artículo es determinar si es necesaria la comparecencia física de los profesionales que actúan en las oficinas técnicas de las Unidades Judiciales Contra la Violencia a la Mujer o Miembro del Núcleo Familiar en la audiencia de juzgamiento. Esta investigación tiene un enfoque cualitativo, es de tipo documental debido a que se indaga sobre las cualidades del fenómeno jurídico investigado. El análisis del caso fue sometido a un tribunal conformado por expertos en el área. El caso de estudio analizado genera un debate debido a que los informes de los peritajes no presentaron evidencia de violencia física, ni psicológica, y a pesar de ello se dictó sentencia conforme al Art. 159 inciso 2 del COIP, aun cuando los peritos no comparecieron en la audiencia.

  • English

    Within the Ecuadorian jurisdiction, the principle of contradiction is regulated in the Constitution of the Republic of Ecuador (CRE), and its materialization is subject to due process stipulated in the Comprehensive Organic Criminal Code (COIP) where it is granted to the parties the right to know in advance the evidence and the possibility of contradicting the evidence. However, in practice, there are inconsistencies with the applicability of the principle of contradiction in hearings for violations related to intrafamily violence because they are considered minor violations and to comply with the speed required by this type of process or avoid revictimization of the accused party. the mandatory physical appearance of the experts at the court hearing is imposed. The objective of this article is to determine if the physical appearance of the professionals who work in the technical offices of the Judicial Units Against Violence against Women or Members of the Nucleus Family is necessary at the trial hearing. This research has a qualitative approach, it is of a documentary type because it inquires about the qualities of the legal phenomenon investigated. The analysis of the case was submitted to a court made up of experts in the area. The case study analyzed generates a debate because the expert reports did not present evidence of physical or psychological violence, and despite this, a sentence was handed down in accordance with Art. 159 paragraph 2 of the COIP, even when the experts did not appear in court. the audience.


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