Eduardo Enrique Taléns Visconti
La Ley 16/2022 ha modificado el proceso de concursal de una manera muy intensa. La citada ley ha introducido nuevos procedimientos y ha alterado la redacción de otros tantos preceptos e incidentes. Unos meses antes se aprobó la Ley Orgánica 7/2022, que modificó la LOPJ en relación con la competencia asumida por los Jueces de lo Mercantil. A lo largo de las siguientes páginas trataré de analizar todos los cambios que las mencionadas leyes han provocado sobre el régimen jurídico de los contratos de trabajo en el seno de las empresas insolventes (que, tal y como veremos, han sido muchos, muy profundos y, en la mayoría de los casos, de una compleja exégesis)
Law 16/2022 has modified the bankruptcy process in a very intense way. The aforementioned law has introduced new procedures and has altered the wording of many other precepts and incidents. A few months earlier, Organic Law 7/2022 was approved, which modified the LOPJ in relation to the competence assumed by the Commercial Judges. Throughout the following pages I will try to analyze all the changes that the aforementioned laws have caused on the legal regime of employment contracts within insolvent companies (which, as we shall see, have been many, very profound and, in most cases, of a complex exegesis)
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