El comentario de la STS que se realiza en el presente trabajo tiene por objeto zanjar algunos pronunciamientos previos y señalar los límites de la ejecutoriedad de los actos administrativos en el marco de las obligaciones locales cuando dicha ejecutoriedad tiene como consecuencia la traba de bienes que se encuentran fuera del territorio que se corresponde con la Entidad Local correspondiente. La doctrina final consiste en indicar que los límites territoriales operan como delimitadores del ámbito natural de actuación y que las actuaciones de esta índole que se realizan fuera de aquel lo deben ser en el marco de las relaciones interadministrativas.
The STS comment made in this work aims to settle some previous pronouncements and indicate the limits of the enforceability of administrative acts within the framework of local obligations when said enforceability results in the blocking of assets that are outside the territory that corresponds to the corresponding Local Entity. The final doctrine consists of indicating that territorial limits operate as delimiters of the natural scope of action and that actions of this nature that are carried out outside that area must be done within the framework of inter-administrative relations.
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