Se abordan los fraudes tecnológicos y las medidas de seguridad y buena praxis del uso de los medios tecnológicos en la ejecución de las operaciones de pago y la tendencia a la objetivación de la responsabilidad de los proveedores de servicios, que asumirán la obligación de indemnizar salvo prueba en contrario del proceder fraudulento o irresponsable del usuario.
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