La Ley Trans de 28 de febrero de 2023 ha supuesto un gran cambio en varios aspectos. Entre sus novedades importantes está la regulación para los menores del cambio de la mención registral de sexo. El régimen que ha instaurado presenta varios problemas porque no parece que el legislador realmente haya tomado en la consideración que merece el hecho de la vulnerabilidad intrínseca de los menores de edad, ya que no ha establecido las cautelas que esa circunstancia requiere. Asimismo, se observa que siendo razonable que el cambio efectuado en la mención registral de sexo sea reversible, el régimen que establece al respecto es excesivamente laxo. Igualmente, las modificaciones realizadas respecto al cambio de nombre tampoco son satisfactorias.
The Trans Law of February 28, 2023 has meant a great change in several aspects. Among its important developments is the regulation of the change in the registration mention of sex of minors. The established regime presents several problems because it seems that the legislator has not taken into account the intrinsic vulnerability of minors and has not established the precautions that this circumstance requires. Furthermore, it is observed that while it is reasonable that the change made in the registration mention of sex is reversible, the regime established is excessively flexible. Likewise, the modifications made regarding the name change are not satisfactory either.
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