La reforma de la legislación notarial española operada por la Ley 8/2021 de 2 de junio por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica ha afectado al expediente notarial de reclamación de deudas en cuanto que no limita la legitimación de las personas con discapacidad para instarlo. Cuando las deudas tengan su origen en una reclamación de alimentos y en ellos esté acordado el uso de vivienda, dicho expediente se extenderá en consecuencia a la reclamación de vivienda, lo que supone dotarlo de un carácter mucho más amplio, que supera el simple objeto de reclamación de un crédito, dada la especial configuración que el derecho al uso de una vivienda tiene, tanto desde la perspectiva de la persona con discapacidad como desde la perspectiva de la utilidad del expediente como alternativa a la vía judicial ordinaria.
The reform of Spanish notarial legislation brought about by Law 8/2021 of 2 June on the reform of civil and procedural legislation to support people with disabilities in the exercise of their legal capacity has affected the notarial debt claim procedure in that it does not restrict the legal standing of people with disabilities to request it. When the debts have their origin in a claim for maintenance and the use of the dwelling is agreed in them, this file will be extended accordingly to the claim for the dwelling, which means giving it a much broader character, which goes beyond the simple object of claiming a credit, given the special configuration that the right to the use of a dwelling has, both from the perspective of the person with disabilities and from the perspective of the usefulness of the file as an alternative to the ordinary judicial process.
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