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«La comisión negociadora en la consulta‐negociación dentro del procedimiento del despido colectivo: un supuesto atípico europeo ((Análisis de la línea jurisprudencial del Tribunal Comunitario en materia de consultanegociación colectiva de "gestión" en la institución del despido colectivo: un supuesto atípico europeo. Análisis de la línea jurisprudencial del Tribunal Comunitario en materia de consulta‐negociación colectiva de «gestión» en la institución del despido colectivo

    1. [1] Universidad de Granada

      Universidad de Granada

      Granada, España

  • Localización: La Ley Unión Europea, ISSN-e 2255-551X, número 121, 2024 (Ejemplar dedicado a: La comisión negociadora en la consulta‐negociación dentro del procedimiento del despido colectivo)
  • Idioma: español
  • Títulos paralelos:
    • The negotiating committee in the consultation‐negotiation process within the collective dismissal procedure: an atypical European scenario. Analysis of the jurisprudential line of the Community Court on the subject of collective consultation‐negotiation of «management» in the institution of collective dismissal
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • español

      El procedimiento del despido colectivo se sustenta en una fase de consulta‐negociación con los representantes de los trabajadores, guiado por una negociación sostenida por el principio de buena fe y con la finalidad de alcanzar un acuerdo colectivo, versando sobre las causas motivadoras del expediente y la posibilidad de evitar o reducir sus efectos; por tanto, una obligación general y específicos deberes de información a fin de permitir que los legitimados puedan formular propuestas constructivas durante el transcurso de las consultas y en tiempo hábil, lo que analizamos desde una perspectiva nacional, pero también europea, con especial referencia a la comisión negociadora

    • English

      The collective dismissal procedure is based on a phase of consultation‐negotiation with the employees' representatives, guided by a negotiation based on the principle of good faith and with the aim of reaching a collective agreement, dealing with the motivating causes of the file and the possibility of avoiding or reducing its effects; therefore, a general obligation and specific duties of information in order to allow that the legitimated can make constructive proposals during the course of the consultations and in good time, which we analyse from a national, but also an European perspective, with special reference to the negotiating committee.


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