Venezuela
Aunque algunas leyes como la LOPA y la LOAD establezcan que la Administración debe ser imparcial, ello no tiene base constitucional, tanto por la lista de principios que sí son exigibles a las Administraciones Públicas (art. 141 de la Constitución) como por el origen electoral y el papel político de éstas. En todo caso, esa imparcialidad no sería idéntica a la de los jueces y por lo tanto las Administraciones jamás podrían dictar sentencias. La imposibilidad de la imparcialidad administrativa hace necesario flexibilizar las exigencias sustanciales y procesales que se hacen al acto administrativo.
Impartiality is not a constitutional principle applicable to Public Administration. Notwithstanding some administrative laws, Administration electoral and political origin, requires a different approach to administrative acts substantial and procedural fundamentals
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