Valencia, España
Las singularidades subrayadas con anterioridad por el Tribunal Supremo sobre las infracciones formales, entre las que se encuentra la emisión de facturas falsas o con datos falseados, que han permitido determinar la cuantía a los efectos de recurrir al recurso de alzada y que han influido en la aplicación del agravamiento de la conducta establecido en el art. 201.5 LGT, han servido también para determinar que el dies a quo del plazo de prescripción se sitúa de forma autónoma para cada tributo y periodo impositivo o de liquidación.
© 2001-2026 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados