A raíz del avance frenético de la revolución tecnológica los Estados disponen de una cantidad ingente de recursos “securitarios” tan eficaces y sofisticados como intrusivos y lesivos de derechos fundamentales. Entre ellos destacan los sistemas de reconocimiento facial y su aplicación para prevenir ilícitos y perseguir delitos a costa de la afectación, en particular, de los derechos vinculados a la privacidad, intimidad y protección de datos. Sobre esta temática versa la jurisprudencia más reciente del TEDH. Cuestiones de relevancia actual notable, como la implicación del proceso de la globalización digital en la teoría de los derechos fundamentales, el clásico debate seguridad/privacidad, o el conflicto Estado liberal (democrático) vs. Estado policial (autoritario), se están planteando ante los jueces de Estrasburgo. Pese a su enorme potencial, sus sentencias aportan más bien poco, pues aquellos tienden a dejar demasiadas preguntas en el aire.
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