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Derechos relacionales de los animales: el animal en el marco del derecho constitucional ecuatoriano

    1. [1] University of Kassel

      University of Kassel

      Kreisfreie Stadt Kassel, Alemania

  • Localización: FORO: Revista de Derecho, ISSN 1390-2466, ISSN-e 2631-2484, Nº. 41, 2024 (Ejemplar dedicado a: Rights of Nature: Progress and Perspective), págs. 71-89
  • Idioma: español
  • Títulos paralelos:
    • Relational Animal Rights: Animals in the Framework of the Ecuadorian Constitution
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      Con la sentencia del caso de la Mona Estrellita la Corte Constitucional de Ecuador ha sentado un precedente importante con relación a los derechos de los animales. Con esta decisión judicial la alta corte ecuatoriana aclaró que los animales son sujetos de derechos bajo el marco de los derechos de la naturaleza otorgados por el art. 71 de la Constitución ecuatoriana. Esta aclaración por parte de la Corte parte de una línea jurisprudencial que visibiliza una interpretación sistémica a los derechos de la naturaleza. Según esta jurisprudencia, los derechos de la naturaleza protegen a los procesos ecosistémicos de los cuales los animales son parte. Bajo esta perspectiva la disputa entre el biocentrismo y ecocentrismo pierde importancia porque no existe una contradicción fundamental entre los derechos de los animales (individuales) y de la naturaleza. De estos principios se puede deducir una teoría relacional de los derechos de los animales que parte de las relaciones ecológicas que los animales mantienen con su entorno. Basándose en estos fundamentos, existen violaciones a los derechos de los animales tanto por alternaciones de su entorno ecosistémico como por actos que privan a los animales de su entorno, como la captura y el maltrato de animales. Ambas conductas afectan las relaciones que el animal tiene dentro de un ecosistema.

    • English

      With the ruling in the Mona Estrellita case, the Constitutional Court of Ecuador has set an important precedent in relation to Animal Rights. With this judgment it clarifed that animals are subjects of rights under the framework of the Rights of Nature granted by art. 71 of the Ecuadorian Constitution. This clarifcation by the Court comes from a jurisprudential line that gives a systematic interpretation to the Rights of Nature. According to this jurisprudence, the Rights of Nature protect the ecosystemic processes of which animals are a part. Under this perspective the dispute between biocentrism and ecocentrism loses importance. There is no fundamental contradiction between the rights of (individual) animals and nature. From these principles a relational theory of animal rights can be deduced which departs from the ecological relationships that animals maintain with their environment. Based on these fundamentals, there are violations of Animal Rights, both through alterations of their ecosystemic environment and through acts that deprive animals of their environment, such as the capture and mistreatment of animals. Both behaviors affect the relationships that the animals have within an ecosystem.


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