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El ámbito subjetivo de la Ley 2/2023, de protección del informante, y sus implicaciones para las personas trabajadoras y empleadoras

  • Autores: Salvador del Rey Guanter
  • Localización: Temas laborales: Revista andaluza de trabajo y bienestar social, ISSN 0213-0750, Nº 169, 2023, págs. 11-39
  • Idioma: español
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      Uno de los aspectos más trascedentes y a la vez más complejos en la Ley 2/2023, de protección de la persona informante, es la delimitación de su ámbito subjetivo, en tanto que el entendimiento de la acentuada pluralidad de personas físicas y jurídicas incluidas en la misma será fundamental para la mejor comprensión de sus distintos contenidos y su correcta aplicación. Desde luego, la finalidad esencial de aquella ley es la tutela de las personas que usen las distintas vías de comunicación para informar sobre la comisión de infracciones, y de ahí que debamos identificar quienes se entienden como tales a efectos de que puedan recibir su plena protección, entre las que ocupa un lugar destacado la persona trabajadora por cuenta ajena. Sin embargo, esta protección es más extensa subjetivamente, en tanto que se va a aplicar, en distintas formas, tanto a las personas que estén relacionadas con la informante como incluso a las presuntamente infractoras – destacadamente las empleadoras de las informantes, las cuales ostentan una serie de derechos como el de la presunción de inocencia. A las anteriores personas se unen en nuestro análisis tanto los sujetos que, por ejercer represalias, se someten al régimen sancionador de la ley, como las personas órganos privados y públicos que han de establecer y responsabilizarse de los canales internos y externos de comunicación de infracciones.

    • English

      One of the most important and at the same time most complex aspects of 2/2023 Act, on the protection of the reporting person, is the delimitation of its subjective scope, since the understanding of the accentuated plurality of the persons included in the it will be essential for a better interpretation of its different contents and its correct application. Of course, the essential purpose of that law is the protection of persons who use the different channels of communication to report on the commission of infractions, and hence our purpose of understating who legally are those reporting persons, among which workers and civil servants play a prominent role. However, this protection is more extensive, since it will be applied, in different ways, both to the persons who are related or connected to the informant and to those referred to as offenders notably the employers of the informants, persons concerned who hold a series of rights, such as the presumption of innocence. In addition, included in our analysis are those subjects that, for exercising retaliations against informants, may be sanctioned according to the Act, as well as private and public persons and bodies that must develop and take responsibility for the internal and external channels of communication of infractions regulated by that Act.


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