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Resumen de Estudio sobre la estructura horaria de la jornada de trabajo

Octavio Bianciotto

  • español

    La jornada laboral constituye un factor socio-técnico del proceso de producción, que reviste gran importancia desde que, en un juego armónico con otros factores, diagrama las condiciones de labor. La limitación horaria de la misma, es resultado de arduas luchas entabladas por el movimiento obrero desde comienzos del siglo XIX, orientada a dignificar a la clase trabajadora, que era explotada, ante la ausencia de un Régimen Normativo Protectorio, en jornadas que superaban, en la mayoría de los casos, las 15 hs. diarias, siempre con la excusa de la maximización de utilidades. Las razones biológicas, económicas, sociales sustentaban la pretensión de su reducción horaria. Corolario de ello, es que actualmente Argentina [1] tenga instituido un régimen de jornada de 8 hs diarias o 48 hs semanales (como regla), que puede ser, excepcionalmente, ampliada ante determinados supuestos expresados en la ley. Ahora bien, en el contexto actual, donde la demanda de trabajo está en declive, frente a una empresa que busca exprimir cada dosis de trabajo posible, han surgido voces que comulgan con la idea de reducir la jornada de trabajo, como un mecanismo para la inclusión de mano de obra al mercado, y para el mejoramiento de las condiciones de vida.

  • English

    The working day constitutes a socio-technical factor of the production process, which is of great importance since, in a harmonious game with other factors, it diagrams the working conditions. The time limitation of the same, is the result of arduous struggles waged by the labor movement since the beginning of the nineteenth century, aimed at dignifying the working class, which was exploited, in the absence of a Protective Regulatory Regime, in days that exceeded, in in most cases, 3:00 p.m. daily, always with the excuse of maximizing profits. The biological, economic, and social reasons supported the claim of its hourly reduction. As a corollary to this, Argentina currently has an 8-hour day or 48-hour week (as a rule) working day system, which may be, exceptionally, extended in the face of certain assumptions expressed in the law. Now, in the current context, where the demand for work is in decline, faced with a company that seeks to squeeze every dose of work possible, voices have emerged that agree with the idea of ​​reducing the working day, as a mechanism for inclusion of labor to the market, and for the improvement of living conditions.


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