El documento parte de las dificultades a las que se enfrentan las mujeres y niñas ucranianas violadas para acceder a la interrupción del embarazo en Polonia y se centra en la protección de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres que ofrecen el derecho internacional de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario.
Las obligaciones que la jurisprudencia del TEDH y la cuasi jurisprudencia de los órganos de tratados de la ONU han identificado restringen la discrecionalidad de los Estados también cuando aplican la legislación de la UE. La Unión Europea no ha elevado los niveles de protección garantizados por los instrumentos internacionales de derechos humanos como consecuencia de su limitada competencia en el ámbito de la salud, la lógica económica que subyace a su política de no discriminación por razón de sexo y el amplio margen de discrecionalidad que garantiza a los Estados miembros en el ámbito de la migración.
The paper starts from the difficulties raped Ukrainian women and girls face in acceding to termination of pregnancy in Poland and focuses on the protection of women’s sexual and reproductive rights that international human rights law and international humanitarian law provide. The obligations the jurisprudence of the ECHR and the quasi-jurisprudence of UN treaty bodies have identified curtail states’ discretion also when they implement EU law. The European Union has not raised the standards of protection guaranteed by the international instruments on human rights as a consequence of its limited competence in the area of health, the economic rationale lying behind its policy on non-discrimination on grounds of sex and the wide margin of discretion it secures to Member States in the area of migration.
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