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Resumen de La suspensión del contrato de trabajo por causas ajenas a la voluntad de la persona trabajadora no debe afectar a la retribución de las vacaciones: Comentario a la Sentencia del Tribunal Supremo 350/2023, de 11 de mayo

Paula López Aguado

  • español

    En la sentencia comentada, el Tribunal Supremo español se pronuncia sobre cuál es la forma de computar los periodos de suspensión del contrato de trabajo en la retribución de las vacaciones anuales planificadas conforme a la última jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en interpretación del artículo 7 de la Directiva 2003/88/CE, de 4 de noviembre. Con carácter general, un periodo de suspensión del contrato de trabajo por causas ajenas a la voluntad de la persona trabajadora no debe implicar una menor remuneración vacacional.

  • English

    In the commented judgment, the Spanish Supreme Court rules on how to calculate periods of suspension of the employment contract in the payment of planned annual leave in accordance with the latest case law of the Court of Justice of the European Union in interpretation of article 7 of Directive 2003/88/EC, of 4 November. As a general rule, a period of suspension of the employment contract for reasons beyond the employee’s control should not lead to lower holiday pay.


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