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Resumen de La Europa de los derechos humanos ... ¿y de los animales?: el caso de los ensayos en animales para productos cosméticos, el nuevo Real Decreto sobre productos cosméticos y la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 21 de septiembre de 2016

Sara Saéz Pinilla

  • español

    El sistema definitivo de prohibición de fabricación y comercialización de productos cosméticos para cuya elaboración, o la de alguno de sus ingredientes, se haya experimentado con animales, fue fijado en 2013 a escala europea. No obstante, hasta finales de 2017 ha seguido en el BOE un sistema español que no recogía esa decisión de la UE; es más, tampoco seguirá dando cuenta de esa decisión de la Unión Europea el nuevo Real Decreto de productos cosméticos llamado a sustituir al vigente, el Real Decreto 1599/1997, de 17 de octubre. Esta Nota explica los efectos que deben atribuirse a la nueva regulación, que, pese a su silencio, debe interpretarse de acuerdo con la decisión de 2013, según la cual está totalmente prohibido experimentar con animales para producir cosméticos o alguno de sus ingredientes (siendo, asimismo, ilegales los cosméticos que se hayan fabricado de tal manera). La Nota, además, explica que desde la decisión del sistema judicial europeo de finales de 2016, la Unión Europea prohíbe las importaciones en su territorio de cosméticos elaborados mediante la experimentación animal en terceros países (como por ejemplo Japón y China, entre otros) en donde dichos procedimientos no estén prohibidos o sean incluso obligatorios para garantizar la seguridad toxicológica del producto.

  • English

    The final, definitive prohibition of the manufacturing and marketing of cosmetic products that have been tested (or in which an ingredient has been tested) on animals took place in 2013 at a European level, yet up until the end of 2017 the Spanish Official Journal has been silent concerning this decision. What is more, the new Royal Decree set to regulate cosmetics and to replace the Royal Decree 1599/1997, October 17, does not explicitly explain the prohibitive system either. This Note examines the effects that are to be attributed to the new Spanish regulation, which, despite its silence, must be interpreted according to the 2013 European decision to ban animal testing for cosmetics and to consider any product that has involved such forms of testing to be illegal. Furthermore, the Note examines how, since the European judicial system’s decision at the end of 2016, the European Union additionally prohibits the importation within its territory of cosmetics that have been manufactured in third countries (such as Japan and China, among others) in which animal testing is permitted or may even be mandatory to guarantee the products’ toxicological safety.


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