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Resumen de La revisión de los votos nulos debe fundarse en la denuncia de irregularidades durante el proceso electoral: STC 95/2023, Sala Segunda, de 12 de septiembre de 2023

María José García-Valdecasas Dorrego

  • El TC confirma la facultad que se reconoce a los partidos políticos que hayan concurrido a unas elecciones, y que deriva del art. 23.2 CE, de instar la revisión de los votos nulos, si bien lo sujeta a la existencia de un indicio de irregularidades en el procedimiento electoral.


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