El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha analizado recientemente la responsabilidad de los expedidores de productos sujetos a impuestos especiales en régimen suspensivo cuando se produce un desvío de dichos productos. En particular, concluye que, en estos casos, no se puede hablar de pérdida en el sentido de la Directiva 92/12/CEE, por lo que no le será aplicable la franquicia para pérdidas en régimen suspensivo por caso fortuito o fuerza mayor.
Esta sentencia del TJUE de 7 de septiembre de 2023 (C-323/22) refuerza la jurisprudencia de dicho Tribunal en cuanto a la naturaleza objetiva de la responsabilidad en el pago de la deuda de impuestos especiales en caso de irregularidades.
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