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La Cooperación judicial internacional en materia civil

  • Autores: Ana Elizabeth Villalta Vizcarra
  • Localización: Anuario Hispano-Luso-Americano de derecho internacional, ISSN 0570-4316, Nº 26, 2023 (Ejemplar dedicado a: XXXI CONGRESO DEL IHLADI), págs. 257-274
  • Idioma: español
  • Títulos paralelos:
    • International judicial cooperation in civil matters
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      El incesante desplazamiento de bienes y personas, la apertura gradual del comercio, el aumento de los litigios en los Tribunales y otros factores que introducen elementos extranjeros en los procesos, determinan la necesidad de una cooperación procesa Judicial a nivel internacional. En ese sentido, es que los juzgadores han determinado la necesidad, que en estos casos para impartir justicia requieran del auxilio de sus homólogos en otros Estados procurando así el auxilio internacional. Actualmente la Cooperación Judicial Internacional se ha convertido en la actualidad, y en este mundo globalizado, en uno de los instrumentos más eficaces y necesarios para el combate de la delincuencia organizada trasnacional, así como en cualquier actividad de auxilio judicial, propiciada por el continuo y cotidiano hecho del tránsito de personas entre los Estados, lo que provocado su evolución hacia la incorporación de nuevas estructuras y mecanismos de cooperación judicial internacional que facilitan la aplicación de los instrumentos internacionales existentes sobre cooperación judicial con el objeto de mejorarla, simplificarla y acelerarla. En consecuencias, se hace necesario la adopción de nuevos mecanismos de cooperación judicial internacional que respondan a las realidades del presente siglo, por lo que cada vez más, la asistencia judicial será prestada directamente por los protagonistas reales del procedimiento, en un espacio de mutua confianza, en el cual las Redes de personas desempeñaran un papel central en el proceso. Es conveniente tomar medidas entre los Estados de la Región para facilitar la Cooperación Judicial Internacional, en ese sentido, es indispensable la eliminación de obstáculos innecesarios; la armonización de procedimientos y legislaciones; lograr una mayor coordinación y capacitación entre las Autoridades Centrales y demás Autoridades encargadas en el funcionamiento de la cooperación judicial internacional.

    • English

      The incessant movement of goods and persons, the gradual opening of trade, the increase of litigation in the Courts and other factors that introduce foreign elements in the processes, determine the need for judicial cooperation at the international level. In this sense, judges have determined the need, to impart justice in these cases, through the support that their counterparts in other States, can provide in order to obtain international assistance. Currently, International Judicial Cooperation has become, one of the most effective and necessary instruments in the war against transnational organized crime in this globalized word, as well as in any judicial assistance activity, propitiated by the continuous and daily transit of persons between States, which has caused its evolution towards the incorporation of new structures and mechanisms of international judicial cooperation, that facilitate the application of the existing international instruments on judicial cooperation with the purpose of improving, simplifying and accelerating it. Consequently, it is necessary to adopt new mechanisms of international judicial cooperation that respond to the realities of the present century, so that increasingly, legal assistance will be provided directly by the real protagonists of the procedure, in a space of mutual trust, in which networks of persons will play a central role in the process. It is advisable to take measures among the States of the Region to facilitate International Judicial Cooperation, in this sense, it is essential to eliminate unnecessary obstacles; harmonize procedures and legislations; achieve greater coordination and training among Central Authorities and other Authorities in charge of the operation of international judicial cooperation.


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