Jaén, España
La brecha de género en pensiones, públicas y privadas, existe y se da tanto en el acceso como en la intensidad protectora. La inequívoca constatación de este hecho y la clara identificación de sus causas contrasta con la dificultad de remediar en la práctica esta situación, mejorando el tratamiento para las mujeres. A lo largo de este artículo se expondrá cómo toda acción legal positiva (en particular el «complemento por contribución demográfica», más conocido como «complemento de maternidad», y la integración de lagunas) es vista con mucha suspicacia en su enjuiciamiento jurisdiccional, para preservar el derecho subjetivo de los varones a la no discriminación por razón de género, tratando de igual manera situaciones que no son en absoluto comparables, mientras que ni la ley muestra el debido rigor en un ámbito tan delicado ni la praxis administrativa es la exigible en un Estado de derecho.
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