El Tribunal Constitucional, como ya hiciera hace unos meses con el recurso de inconstitucionalidad presentado por el grupo parlamentario Vox contra la LORE, desestima el recurso interpuesto por el grupo parlamentario popular invocando, en gran medida, los argumentos que ya fueran esgrimidos en su anterior STC nº 19/2023; asimismo se pronuncia sobre dos cuestiones que no se habían planteado anteriormente: a) el derecho a la objeción de conciencia de las personas jurídicas, planteamiento que no es acogido por el TC por considerar que pondría en riesgo la efectividad de la propia prestación sanitaria y, b) la utilización del proceso preferente y sumario para tutelar la eutanasia, cuya constitucionalidad es avalada por tratarse de una prestación que incide en la facultad de autodeterminación de la persona.
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