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Resumen de Roberto Esposito: : del derecho de las personas al derecho de los cuerpos

Bruno Vendramin

  • español

    Desde sus últimas publicaciones, Roberto Esposito (Nápoles, 1950) le ha efectuado al derecho una crítica radical y sobre todo a lo que él denomina dispositivo de la persona. La categoría persona es uno de los pilares sobre los que se han asentado los sistemas jurídicos de Occidente, sobre todo los de raigambre continental. El filósofo napolitano registra tres raíces del concepto de persona: una filosófica, una teológica y otra jurídica. En este trabajo voy a concentrarme en la matriz jurídica de la persona, la que tuvo su indudable origen en el derecho romano y que, con leves modificaciones, ha traspasado hasta la Modernidad y resurgido luego de la segunda guerra mundial. Así, primero analizo la crítica a la persona que expone Esposito, y con ello el concepto de derechos humanos, en virtud de que persona y derechos humanos se encuentran imbricados; luego, estudio la propuesta de Esposito, la que consiste en la formulación de una filosofía de lo impersonal y en la postulación de la tercera persona. Por último, es momento de unir personas y cosas (históricamente separadas) mediante el cuerpo, para transitar de un derecho de las personas a un derecho de los cuerpos.

  • English

    Since his last publications, Roberto Esposito (Naples, 1950) has made a radical criticism of law and, most importantly, to what he names as the person’s device. The person as a category is one of the pillars in which Western legal systems are settled, predominantly those belonging to the Continental-European tradition. The Napolitan philosopher acknowledges three roots among the concept of person: the philosophical, theological and legal. In this paper, I will concentrate in the legal aspect of the person, the one that has its unquestioned origin in Roman law, and has, with slight changes, reached the Modern era to resurge after the Second World War. Thus, I first analyze Esposito’s criticism of person and, altogether, the concept of human rights, as a result of the fact that both notions are the impersonal and the proposal of the third person. Finally, it is time to unite subjects and objects (historically separated) through the body, in order to transit from the law of the person (subjects) to a law of the bodies.


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