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LA ZOOFILIA Y LA NECESIDAD DE SER CLASIFICADO COMO UN DELITO DEL EJERCICIO PÚBLICO DE LA ACCIÓN

    1. [1] Fiscalía Riobamba
    2. [2] Fiscalía General del Estado Pichincha
  • Localización: Debate Jurídico Ecuador, ISSN-e 2600-5549, Vol. 5, Nº. 3, 2022 (Ejemplar dedicado a: SEPTIEMBRE/DICIEMBRE 2022), págs. 317-329
  • Idioma: español
  • Enlaces
  • Resumen
    • Durante mucho tiempo los animales han sido considerados como simple objetos de propiedad de su dueño, en esa relación entre hombre y animal han existido actos crueles de maltrato físico y sexual hacia estos por parte del ser humano, quienes han utilizado para satisfacer sus necesidades o aberraciones sexuales, sin que los animales tengan derecho para exigir justicia. Ante esta problemática el objetivo de la presente investigación científica es, demostrar la necesidad de tipificar en el Código Orgánico Integral Penal (COIP), la zoofilia o bestialismo como un delito de acción pública, cuyo ejercicio de la acción penal corresponda a la Fiscalía para que intervenga con su equipo técnico e investigue de oficio estos hechos ilícitos que causan alarma social, con la finalidad de que sea sancionado el responsable de la infracción y no quede en la impunidad.


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