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LA FALTA DE NORMATIVA ESPECÍFICA DE EXPROPIACIÓN DE BIENES INMUEBLES EN LOS GOBIERNOS PARROQUIALES DEL ECUADOR

    1. [1] Ministerio del Trabajo de Pastaza
    2. [2] Libre ejercicio
  • Localización: Debate Jurídico Ecuador, ISSN-e 2600-5549, Vol. 4, Nº. 3, 2021 (Ejemplar dedicado a: SEPTIEMBRE/DICIEMBRE 2021), págs. 280-296
  • Idioma: español
  • Enlaces
  • Resumen
    • Los Gobiernos Autónomos Descentralizados parroquias rurales, luchan por dotar a sus habitantes de mejores servicios y obras, que son necesarias para el bien común; para ello en ocasiones es necesario que pueda aprovecharse de bienes inmuebles particulares, pasando a disponibilidad del Estado mediante actos de utilidad pública y expropiación, obviamente respetando el procedimiento y requisitos planteados; sin embargo, al no contar con esta competencia se dificulta o limita el accionar de la entidad pública para cumplir con sus objetivos. Bien es cierto que “los GAD están sometidos a un régimen de competencias exclusivas del que no se excluye el ejercicio concurrente de gestión en los servicios públicos y la ejecución de actividades de colaboración y complementación entre ellos”. (Rivero & Granda, 2018, p. 114). No es desconocido que el Ecuador de varias formas ha buscado la autonomía y descentralización de sus órganos en sus actividades como Estado, ya se dio un primer paso en la constitución del año1998, llegando a concretarla en la constitución del año 2008; pero tanta lucha para poder llegar de una manera eficaz a los ciudadanos con obras, que cuando al fin se logra se olvida a los legisladores que los  Gobiernos Autónomos Descentralizados parroquias rurales también requieren la competencia de expropiar.


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