Se plantea cuestión de inconstitucionalidad por el Juzgado nº 3 de San Sebastián en relación con el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, IIVTNU, conocido como plusvalía, en relación con los artículos 107 y 110.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo que aprueba el TR de la Ley reguladora de Haciendas Locales y los artículos 1, 4 y 7.4 de la Norma Foral 16/1989 de Guipúzcoa, en cuanto dichas normas establecen un sistema de determinación de la base imponible de modo tal que siempre, aunque no haya habido un incremento real en el valor del terreno, con una transmisión con pérdidas, sale una base imponible positiva y se ha de tributar
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