Extranjeros. Expulsión. El TS declara que procede la expulsión automática de extranjeros residentes de larga duración condenados por delitos dolosos con penas superiores a un año, prevista en el artículo 57,2 LO 4/2000, sin que sea de aplicación lo dispuesto en el artículo 57,5 ni en el artículo 12 de la Directiva 2003/109/CE (FJ 4), todo ello confirmando en casación la sentencia del TSJ de Asturias( Chamorro), que había confirmado la del Juzgado.
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