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La cuestión del IRPH o por qué Europa va a empezar a pensar que tenemos un serio problema con las prácticas bancarias en España: Comentario a la STS, Sala de lo Civil, pleno, de 14 de diciembre de 2017

  • Autores: Gustavo Andrés Martín Martín
  • Localización: Derecho Privado: Boletín de derecho Privado de la asociación Judicial Francisco de vitoria, ISSN-e 2605-3055, Nº. 22, 2018, págs. 6-16
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • El 14 de diciembre de 2017, el Tribunal Supremo dictaba sentencia de Pleno en la que consideraba, con carácter general, que la inclusión del IRPH (más el diferencial correspondiente) como tipo de referencia en los préstamos garantizados con hipoteca no supone falta de transparencia. Sin embargo, la Sentencia cuenta con un voto particular que pone en duda la conclusión del Pleno atendiendo a las especiales características del IRPH, lo que allanaba el camino para que los jueces de instancia volvieran a plantear una cuestión prejudicial al TJUE, con el fin de que el mismo revise la acomodación de la doctrina jurisprudencial sentada en relación con el artículo 4.2 de la Directiva 93/13/CE. Tras analizar la sentencia y el voto particular, se dará cuenta de la cuestión prejudicial planteada por el titular del Juzgado de 1ª Instancia Nº 38 de Barcelona, considerando si conviene acordar la suspensión de los procedimientos en trámite por “prejudicialidad comunitaria”.


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