Ayuda
Ir al contenido

Dialnet


Disposición de bienes de la masa activa en el curso del concurso.

  • Autores: Rafael Leones Valverde
  • Localización: Derecho Privado: Boletín de derecho Privado de la asociación Judicial Francisco de vitoria, ISSN-e 2605-3055, Nº. 24, 2018, págs. 2-15
  • Idioma: español
  • Enlaces
  • Resumen
    • La Ley Concursal parte de considerar que lo más deseable es el mantenimiento de la actividad empresarial del concursado, lo que, a su vez, exige asegurar la conservación y administración de la masa activa. No obstante existan varias causas que permiten disponer o gravar bienes del concursado. La Ley Concursal distingue al efecto si las facultades e administración y disposición del deudor sobre su patrimonio se encuentran meramente intervenidas o suspendidas, con las implicaciones que ello conlleva para la administración concursal. Además, en determinados supuestos se precisa autorización judicial para enajenar o gravar bienes o derechos de la masa activa.


Fundación Dialnet

Dialnet Plus

  • Más información sobre Dialnet Plus

Opciones de compartir

Opciones de entorno