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Las obligaciones de medios, de resultado y de garantía en la configuración de la responsabilidad contractual en el derecho civil chileno

    1. [1] Universidad de Chile

      Universidad de Chile

      Santiago, Chile

  • Localización: Revista de Derecho, ISSN-e 2735-6337, ISSN 0717-0599, Nº. 42, 2023, págs. 56-83
  • Idioma: español
  • Títulos paralelos:
    • Obligations of means, of result and of guarantee in the configuration of contractual liability in Chilean civil law
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      En este artículo se sostiene que la calificación de la obligación contractual como una obligación de medios, una obligación de resultado o una obligación de garantía atiende preponderantemente al riesgo asumido por el deudor respecto de la efectiva satis-facción del interés contractual del acreedor. La esfera de riesgos asumida por el deudor condiciona, a su vez, los requisitos, las excusas y, en último término, la naturaleza de su responsabilidad contractual por inobservancia del contrato. Ello presupone asumir que la responsabilidad contractual no está constituida por un supuesto legal único, sino que por un conjunto dife-renciado de supuestos legales, los que resultan aplica-bles en función de la naturaleza de la obligación conratada: responsabilidad por culpa en las obligaciones de medios, responsabilidad estricta u objetiva en las obligaciones de resultado y responsabilidad absoluta o a todo evento en las obligaciones de garantía. Las disposiciones legales que regulan la responsabilidad contractual en el Código Civil son lo suficientemente flexibles y abiertas para una construcción diferenciada como la planteada, la que resulta concordante con los desarrollos del derecho comparado.

    • English

      This article argues that the qualification of the contractual obligation as an obligation of means, an obligation of result or an obligation of guarantee is primarily based on the risk assumed by the obligor with regard to the effective satisfaction of the obligee's contractual interest. The sphere of risk assumed by the obligor in turn determines the requirements, the excuses and ultimately the nature of his contractual liability for non-performance of the contract. This presupposes the assumption that contractual liability does not consist of a single legal assumption, but of a differentiated set of legal assumptions, which are applicable according to the nature of the contracted obligation: fault liability in obligations of means, strict or objective liability in obligations of result and absolute liability in obligations of guarantee. The legal provisions regulating contractual liability in the Civil Code are sufficiently flexible and open for a differentiated construction such as the one proposed, which is in accordance with the developments in comparative law.


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