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Deber de las partes de considerar el uso de la mediación en el proyecto de código procesal civil. Análisis comparado

    1. [1] Universidad Andrés Bello

      Universidad Andrés Bello

      Santiago, Chile

  • Localización: Revista de Derecho, ISSN-e 2735-6337, ISSN 0717-0599, Nº. 41, 2022, págs. 120-142
  • Idioma: español
  • Títulos paralelos:
    • Duty of the parties to consider the use of mediation in the project of the civil procedural code. Comparative analysis
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      El presente trabajo, se concentrará en el estudio del deber de las partes de considerar el uso de la mediación, como de uno de los incentivos establecidos por el proyecto de Código Procesal Civil para promocionar el uso de los mecanismos alternativos. El objetivo específico del presente trabajo será formular una propuesta de mejoras concretas a la regulación del antes mencionado deber de las partes, una vez que se ha iniciado la vía jurisdiccional, en el referido proyecto de Código. Para ello, el estudio se dividirá en tres partes. La primera,  se   procederá   a   describir   y   contextualizar   la    regulación   del   mencionado   deber en dicho proyecto. En la segunda, se procederá a comparar la antes referida propuesta, con la regulación de esa materia en la Ley de Enjuiciamiento Civil española, la normativa federal de Estados Unidos y las reglas de procedimiento civil de Inglaterra y Gales. Finalmente, en base a los hallazgos del antes señala revisión comparada, se formulará una propuesta de mejoras concretas a la regulación del deber de consideración de la mediación contenido en el proyecto de nuevo Código Procesal Civil chileno.

    • English

      This paper will focus on the study of the duty of the parties to consider the use of mediation, as one of the incentives established by the Civil Procedure Code project to promote the use of alternative mechanisms. The specific objective of this paper will be to formulate a proposal for concrete improvements to the regulation of the aforementioned duty of the parties, once the jurisdictional route has been initiated, in the aforementioned project of the Code. For this, the study will be divided into three parts. The first part, we will proceed to describe and contextualise the regulation of the aforementioned duty in such project. In the second part, the aforementioned proposal will be compared the regulation of this matter in the Spanish Civil Procedure Law, the federal regulations of the United States and the rules of civil procedure of England and Wales. Finally, based on the findings of the aforementioned comparative review, a proposal for concrete improvements to the regulation of the duty of consideration of mediation contained in the draft of the new Chilean Civil Procedure Code will be formulated.


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