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Resumen de Sinergias entre los objetivos del control antifraude y los del órgano interventor en las entidades locales

María José Fernández Domínguez

  • Los órganos de coordinación y seguimiento de la gestión de los proyectos NGEU, el Comité antifraude y el órgano de control interno se enfrentan al reto común de conseguir una gestión que observe los principios de buena gestión financiera en el marco de un modelo de integridad en la entidad local. El régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local (regulado en el Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, RCIL), asigna al órgano interventor funciones de control de legalidad y eficacia e incorpora herramientas para su desarrollo. Las recomendaciones del Informe Resumen Anual, el plan de acción del art. 38 RCIL y los controles que decida imponer el Comité antifraude para reducir los riesgos constituyen instrumentos de apoyo mutuo para la consecución del objetivo común de la mejora continua de la entidad local.


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