México
Cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación de México (SCJN) amplió el concepto de matrimonio a personas del mismo sexo partió de una visión sociológica de la familia; eligió dos instrumentos de interpretación Constitucional —el propio del derecho al libre desarrollo de la personalidad, y el uso del test de proporcionalidad estricta—; y marcó como estándar a superar la comprobación de una ausencia de ánimo discriminatorio aplicado a lo que llama categorías sospechosas. La descripción de este debate muestra el vínculo necesario entre la idea de género con la comprensión del derecho: su qué es y su cómo se adjudica.
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