Victor Manuel Comendador García
Corren tiempos de desconcierto social donde conductas que, en muchas ocasiones, se interpretan como simples disfunciones o desorganización y como tal se tratan, van, en realidad, a ocultar auténticos ilícitos que inciden en la ultima ratio del Ordenamiento, es decir, el Ordenamiento Penal y ello, aun siendo hechos que el Legislador tiene plasmados como tipos penales en el Ordenamiento Punitivo con meridiana claridad, a pesar de lo que ni siquiera se denuncian como tales.
Queremos abordar una panorámica sobre la escasa o casi nula aplicación del articulo 196 del Código Penal en la seguridad de que a la luz de alguna muy escasa sentencia a venido a demostrar que ni es ociosa la norma ni llegan a los Tribunales infinidad de casos que por, quizás, errores de planteamiento o desconocimiento jurídico, no se denuncian y consecuentemente terminan quedando en meras cuestiones de Derecho Civil, Mercantil o Administrativo, cuando en su fondo se oculta un autentico desvalor penal, es decir, «in fine» y de facto pasan a engrosar la Cifra negra de la Criminalidad.
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