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La renovación del Consejo General del Poder Judicial llega al Tribunal Europeo de Derechos Humanos: ¿es necesario reformar la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional?

  • Autores: Roberto Niño Estébanez
  • Localización: Diario La Ley, ISSN 1989-6913, Nº 10350, 2023
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • español

      El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, mediante sentencia de 22 de junio de 2023, ha estimado la demanda de seis magistrados españoles que estaban incluidos en la lista definitiva de candidatos a vocales del Consejo General del Poder Judicial que debía haber sido renovado en el año 2018. Esta sentencia concluye que la inadmisión liminar por parte del Tribunal Constitucional del recurso de amparo interpuesto por los demandantes frente a la prolongada falta de renovación del Consejo General del Poder Judicial, constituye una violación del derecho a un juicio justo previsto en el artículo 6.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, en su vertiente civil de acceso a la jurisdicción. Se pone así de manifiesto la necesidad de completar la reforma de 2015, a fin de que en determinados casos puedan hacerse cumplir internamente en España, con el debido rigor procesal, las sentencias estimatorias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en los casos en que la violación convencional traiga causa directa e inmediata de una resolución firme del Tribunal Constitucional.

    • English

      The European Court of Human Rights, by means of a judgment of June 22, 2023, has upheld the claim of six Spanish judges who were included in the final list of candidates for members of the General Council of the Judiciary that should have been renewed in 2018. This judgment concludes that the inadmissibility by the Spanish Constitutional Court of the amparo appeal, filed by the applicants in view of the prolonged lack of renewal of the composition of the General Council of the Judiciary, is a violation of the right to a fair trial provided for in article 6.1 of the Rome Convention, in its civil aspect of access to jurisdiction. Thus, the need to complete the 2015 reform is highlighted, so that the positive judgments of the European Court of Human Rights, in some cases, can be enforced internally in Spain, with due procedural rigor, in cases where the conventional violation brings cause direct and immediate judgment of the Spanish Constitutional Court.


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