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Resumen de Responsabilidad disciplinaria en materia de supervisión de la contratación estatal.

Cindy Stephanie Aguirre Rojas, Paula Juliana Bahamón Pérez

  • En atención a lo previsto en la legislación colombiana, la labor de supervisión en los contratos estatales esta asignada exclusivamente a quienes son funcionarios públicos y es sobre ellos donde recae la responsabilidad disciplinaria por las irregularidades que se presenten en la contratación estatal. No obstante, resulta evidente que en la práctica al interior de las entidades estatales los actos de designación bajo los cuales se delega la labor de supervisión contienen apelativos “de apoyo a la supervisión” que otorgan a particulares que ejercen función pública a través de contratos de prestación de servicios profesionales, prácticamente las mismas funciones que corresponderían en principio al supervisor vinculado como servidor público de la entidad estatal contratante. Así pues, se utilizó el método deductivo para conocer cómo opera la responsabilidad disciplinaria en quienes recae tal tarea, ya sean funcionarios públicos o contratistas, estableciendo los factores determinantes para fijar el alcance de las designaciones de supervisión y los límites en las labores de apoyo, encontrando que existen falencias en la interpretación que se da a las delegaciones en cabeza de los particulares, toda vez que su labor está encaminada al acompañamiento del proceso de supervisión pero no por ello se desliga de su responsabilidad al servidor público designado como supervisor, lo que en últimas resulta ser un aspecto fundamental para adelantar los procesos disciplinarios relacionados con alguna irregularidad en materia contractual.  


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