El anonimato que, con carácter general, acompaña a los criptoactivos ha supuesto que los mismos sean tremendamente fascinantes para los delincuentes, quienes, han hecho uso de los mismos para la comisión de hechos delictivos, entre ellos, el blanqueo de capitales. A través de la LO 6/21 de 28 de abril, se reguló la responsabilidad penal de los «wallets» y de los «exchangers» como mecanismo para hacer frente al uso ilícito de los criptovalores.
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