Barcelona, España
Analizaremos en este artículo seis sentencias de enero de 2023 (rec. 1729/2021, 1888/2021, 1767/2021, 1786/2021, 1887/2021, 1723/2021) sobre la procedencia en la exigencia de responsabilidad tributaria subsidiaria a seis personas físicas por el supuesto del art. 43.1.a) LGT, por apreciar negligencia de los miembros del Consejo de Administración de un equipo de baloncesto (Lleida Básquet SAD) en los periodos en los que aquellos integraron el órgano colegiado de administración y gestión, ante la ausencia de diligencia debida o pasividad relevante del Administrador o miembro del Consejo de Administración, respecto del cumplimiento de las obligaciones tributarias de la mercantil que dirige y gestiona.
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