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Resumen de El derecho a la ciudad en el derecho urbano colombiano: ¿El contenido jurídico de una política pública?

Nicolás Cabezas

  • español

    La postulación del derecho a la ciudad como una categoría analítica de debate políticoy social (Carrion Mena & Dammert Guardia, 2019, pág. 9), ha conllevado a preguntarse sobre elcontenido y naturaleza jurídica de este supuesto derecho de los ciudadanos a construir, decidiry crear la ciudad planificada, incluyente y acorde con las necesidades propias de la comunidad(Molano, 2016, pág. 3). Si bien se reconoce la amplia difusión que ha tenido la idea del derechoa la ciudad, se coincide con parte de la doctrina la afirmar que se trata de una categoría amplia ypolisémica (Carrion Mena & Dammert Guardia, 2019, pág. 9), que requiere de una delimitaciónprecisa.De esta manera, se habrá de destacar el enfoque actual del derecho administrativoque, bajo la consagración internacional de un derecho a la ciudad, exige de la administraciónuna visión omnicomprensiva del hecho urbano. Sin perjuicio de los aportes teóricos, políticosy sociales, la ausencia de una regulación suficiente de este derecho tanto a nivel internacional,como a nivel nacional impide definir jurídicamente al derecho a la ciudad en el ordenamientocolombiano.No obstante, atendiendo a esa naturaleza amplia del derecho a la ciudad y partiendode una identificación esencial de las principales premisas de esta categoría política, se podráevidenciar que, en derecho positivo nacional, el diseño constitucional vigente reconoce tambiénel derecho de los administrados a desenvolverse en una ciudad con determinadas característicasjurídicas, sociales, económicas y culturales. Son estos parámetros, plenamente exigibles, losque dotarán de contenido jurídico al derecho a la ciudad en el contexto colombiano, en lamedida de que evidenciarán cómo el discurso del derecho a la ciudad se encuentra vigente en laadministración pública local.En desarrollo de lo anterior, resulta necesario acudir a la teoría del institucionalismodiscursivo de la ciencia política, con la finalidad reconocer a la administración pública como unainstitución política que, en esa medida, se compone de diferentes organizaciones, por medio de lascuales orienta las acciones de los individuos, a la vez que aplica consecuencias de hecho negativas o sanciones a aquello que no se acoplen a las normas de la institución (Peters, 2016, pág. 58).De ahí que las organizaciones que la componen -entidades desconcentradas ydescentralizadas en los diferentes niveles de la administración pública- participen en el procesode creación de políticas -policy-making- defendiendo sus propios valores e intereses (Peters,2016, pág. 58), los cuales, desde una perspectiva jurídica, se encuentran en buena parte definidospor el marco funcional de la entidad, así como en las competencias de los servidores públicos. Loanterior no desconoce influencias internas definidas, por ejemplo, por la mejor opción posiblepara el individuo que compone la institución -rational choice institutionalism (Peters, 2016, pág.60)-, únicamente resalta el componente jurídico existente e identificable en los intereses de lasorganizaciones que integran a la administración pública como institución.En ese sentido, estos los valores e intereses referidos dentro de las organizacionesadministrativas definen la forma en cómo estas participan en el desarrollo de políticas públicas, locual, a su vez, puede determinar el diseño y estabilidad -o necesidad de cambio- en la institución(Peters, 2016, pág. 66).De esta forma, en el presente escrito, se resaltará que las organizaciones de laadministración pública operan siguiendo las ideas, principios y valores contenidos en losdiscursos institucionales, como la garantía de los derechos fundamentales y el cumplimiento delprincipio de juridicidad, que determina su diseño y marco competencial.Esta focalización en las ideas y su “potencial explicativo” (Garcé, 2015, págs. 212-215), evidencia la manera en cómo las organizaciones, en seguimiento de estos discursosinstitucionales, se han permeado por los principios y valores de discursos globales -como elderecho a la ciudad-, los cuales definen su participación en el desarrollo de políticas de políticaspúblicas.En este orden de ideas, partiendo de la teoría de institucionalismo discursivo, seevidenciará la materialización del discurso del derecho a la ciudad en la administración públicamunicipal, por medio de figuras de derecho administrativo que definirán el contenido jurídicodel derecho a la ciudad en el ordenamiento colombiano. En ese sentido, se reconoce a laadministración local como una institución vinculada directamente con el discurso de protecciónde los derechos fundamentales en la ciudad y de cumplimiento de sus competencias, la cualconstituye un centro de gobierno multisectorial -en la medida de que integra en su funcionamientoa públicos y privados- y multifuncional -por la diversidad de funciones: planeación, gestión,desarrollo, inspección, sanción, etc.- (Araral & Mulya, 2016, pág. 82). Con ello, si bien el análisis se centrará en las organizaciones y el discurso institucional,no se dejará de lado el papel del individuo en las instituciones (Peters, 2016, pág. 70), el cualserá indirectamente resaltado al denotar la influencia de un discurso político -como puedeconsiderarse actualmente al derecho a la ciudad por la ausencia de positivización precisa- en elfuncionamiento de la institución.

  • English

    The Right to the City, as a topic for political and social discussion, has raised manyquestions about the legal nature of this supposed “right” of citizens to build, decide, and createthe planned city, which meets the needs of the community. Although the wide diffusion theRight to the City has had is recognized, we coincide with part of the doctrine in affirming this“right” is a polysemous category, which requires a precise delimitation.In this way, it will be necessary to highlight the current approach of administrative lawthat, under the international consecration of a Right to the City, requires the administration tohave a multidisciplinary vision of the City. Without prejudice to the theoretical, political, andsocial contributions, the absence of regulation of this “right” prevents its legal classification inthe Colombian legal system.However, considering the broad nature of the Right to the City, we have identifiedthe main premises of this political category, to verify that in national positive law the currentconstitutional design also recognizes the “right” of citizens to require a city with certain legal,social, economic, and cultural characteristics. These parameters will provide legal substance tothe Right to the City in the Colombian legal system.Thus, this paper will show, not only how the discourse on the Right to the City has animpact in public administration -as a political institution-, but also how this influence implies aredefinition of the traditional conception of urban law, linked primarily to urban property


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