En este artículo vamos a desarrollar la problemática contable derivada de los contratos de «venta de energía» a través de la instalación de placas solares, fotovoltaicas, eólicas o similares.
Este tratamiento contable adquiere especial relevancia por la libertad de amortización en inversiones que utilicen energía procedente de fuentes renovables prevista en la disposición adicional decimoséptima en la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, así como deducciones a la inversión previstas en determinadas leyes autonómicas y por la solicitud de subvenciones para las inversiones, en la medida en que sólo se pueden beneficiar de dichas medidas, las empresas que tengan contabilizados los activos en su balance.
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