El nuevo Código General del Proceso trajo consigo una renovada visión del proceso civil oral y por audiencias. En su articulado no solamente se ve reflejada la constitucionalización del derecho a partir de la carta política de 1991, además, se denota una marcada e importante implementación de características propias de un sistema procesal coherente. Al unificar, sistematizar e integrar normas como la constitución y la Ley Estatutaria de Justicia (Ley 1285, 2009), el nuevo estatuto procesal logra articular las dispersas reformas que venían dándose al ya derogado Código de Procedimiento Civil de 1970 para reestructurar el ordenamiento jurídico procesal y dar herramientas a jueces y abogados litigantes para adelantar o perseguir -respectivamente- un juicio adecuado al paradigma del Estado Social de Derecho. En vista de la importancia que ostenta el nuevo régimen procesal, resulta importante precisar aspectos fundamentales para dar una lectura certera al articulado que allí se contiene y aplicar en los litigios la nueva norma con base en el paradigma ya mencionado. Para esto es necesario establecer conceptos como prueba, su necesidad en el proceso civil, los diversos medios de prueba y demás criterios esgrimidos por el Código General del Proceso que permiten abordar el litigio con una clara noción del elemento fundamental para la toma de cualquier decisión judicial: la prueba. En consecuencia, el presente capitulo aborda una serie de nociones, conceptos y criterios básicos para adentrarnos en la lectura del Código General del Proceso y, a su turno, facilita el entendimiento del nuevo estatuto procesal señalando el articulado que permitirá al estudiante abordar con precisión las nociones claras del estudio del derecho probatorio en materia civil.
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