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Comportamiento de la persona que reivindica la condición de consumidor que puede causar la impresión a la otra parte contratante de que actúa con fines profesionales: TJ, Sala Novena, S 9 Mar. 2023. Asunto C‐177/22: JA y Wurth Automotive GmbH

  • Autores: Octavia Spineanu Matei
  • Localización: La Ley Unión Europea, ISSN-e 2255-551X, número 115, 2023
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • El art. 17, ap. 1, del Reglamento n.o 1215/2012 debe interpretarse en el sentido de que, para determinar si una persona que ha celebrado un contrato comprendido en el ámbito de aplicación de la letra c) de dicha disposición puede calificarse de «consumidor» en el sentido de esta disposición, deben tenerse en cuenta las finalidades actuales o futuras perseguidas con la celebración de ese contrato, con independencia de si esa persona desarrolla su actividad por cuenta ajena o por cuenta propia.


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