En el presente artículo se analizan las causas y requisitos de la formación y apertura de la pieza de calificación en el concurso de acreedores, se examina críticamente el sistema adoptado por el legislador, que parte de un criterio general de valoración del concurso culpable con base en la existencia, acreditada o presunta, de la conducta del concursado determinante de la causación dolosa o culposa de la insolvencia; se describen y comentan los supuestos de hecho contemplados en las presunciones legales establecidas en los artículos 443 y 444 del TRLC y los efectos de la calificación culpable del concurso de las personas jurídicas sobre sus administradores, directores generales y, en su caso, liquidadores de derecho y de hecho. Finalmente, en el apartado 4, precediendo a las conclusiones, se analiza, desde el punto de vista casuístico y conceptual, la naturaleza y presupuestos de la responsabilidad por el déficit concursal, expresamente prevista en el artículo 456.1 del TRLC.
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