En el asunto en el que planteó al Tribunal de Justicia las cuestiones prejudiciales, el Tribunal Supremo, en una relevante sentencia que debería cerrar el debate sobre la comisión de apertura, declara que la cláusula es transparente y no abusiva sobre la base de los criterios de validez que resultan de la Sentencia del Tribunal de Justicia de 16 de marzo de 2023 y que razonablemente son trasladables a la generalidad de los casos.
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