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IRPF. Deducción por alquiler de vivienda habitual. Aplicación de la deducción en caso de contrato de arrendamiento por temporada suscrito en 2014 seguido de un contrato de arrendamiento por cinco años suscrito en 2015.

  • Autores: Gabinete de Estudios de AEDAF
  • Localización: Revista técnica tributaria, ISSN 0214-6010, Nº. 136, 2022, págs. 221-224
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • El supuesto planteado en esta resolución no deja de ser curioso, pues el contribuyente suscribió un contrato de arrendamiento por temporada cuya duración era de un año (desde el 1 de julio de 2014 hasta el 30 de junio de 2015) y, seguidamente, el 1 de julio de 2015 firma un contrato de arrendamiento de vivienda por cinco años referido a la misma vivienda.


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